Nuestro Código Ético
Nuestro Código Ético recoge los valores y principios de actuación profesional, así como las normas y pautas de conductas de obligado cumplimiento asumidas por todos los miembros que lo integran con independencia de la naturaleza jurídica de su relación, sea de carácter laboral, mercantil o de cualquiera de las formas admitidas en Derecho por el Estatuto General de la Abogacía Española aprobado por Real Decreto 135/2021, de 2 de marzo.
Los valores del García Merino Abogados se constituyen en el fundamento de la conducta de todas las personas que lo integran, especialmente en la toma de decisiones que deberá ser llevada cabo con escrupuloso sometimiento a la ética y deontología profesional, a los Derechos Humanos, con transparencia, integridad, honestidad, excelencia en el trabajo, responsabilidad social, cuidado de las personas, innovación y con estricta sujeción a la Ley, al Derecho y al presente Código de Ética y Conducta.
Aceptación y cumplimiento
Los integrantes del Despacho, por la mera condición de tales, aceptan los valores, principios, normas y pautas de conducta establecidas en este Código Ético y de Conducta, que libre y voluntariamente se comprometen a conocer, cumplir y hacer cumplir. Su vulneración será considerada para sus empleados como infracción de sus obligaciones laborales, de sus obligaciones societarias en el caso de los socios, o de sus obligaciones mercantiles en el caso de colaboradores, siendo sancionada con arreglo a la normativa que en cada momento les resulte aplicable.
Principios y Valores
Los integrantes de García Merino Abogados en cuanto intervinientes en el ejercicio de la profesión libre e independiente que representa la Abogacía, que asegura la efectividad del derecho fundamental de defensa y asistencia letrada, nos constituimos en garantes de los derechos y libertades de las personas, velando siempre por los intereses de aquellos cuyos derechos y libertades defendemos con respeto ético y jurídico contenidos en los principios del Estado social y democrático de Derecho constitucionalmente establecido.
La profesión de la Abogacía se ejerce en régimen de libre y leal competencia, y su contenido consiste en la actividad de asesoramiento, consejo y defensa de derechos e intereses públicos y privados, mediante la aplicación de la ciencia y la técnica jurídicas, en orden a la concordia y a la efectividad de los derechos y libertades fundamentales.
Son principios rectores y valores superiores del ejercicio de la Abogacía los de independencia, libertad, dignidad e integridad, así como el respeto del secreto profesional.
Los profesionales de la Abogacía que integran el Despacho deben ser personas de reconocida honorabilidad y, en consecuencia, han de observar una trayectoria de respeto a las leyes, a los principios rectores y valores superiores de la Abogacía, a las normas deontológicas y a las buenas prácticas profesionales.
Ámbito de aplicación
El Código Ético y de Conducta es aplicable a los órganos de dirección de García Merino Abogados, apoderados, socios, trabajadores, Abogados en cualquier régimen de prestación de servicios, a terceros que actúen en nombre y representación de la Sociedad, así como a proveedores y profesionales o sociedades subcontratadas que carezcan de procedimientos internos o de códigos de conducta equivalentes a los implantados por García Merino Abogados.
Es responsabilidad de las personas arriba mencionadas, cualquiera que sea la función que desempeñen en el Despacho respetar y hacer respetar las leyes, la ética y deontología profesionales, el presente Código de Ética y Conducta, y cualquier norma de procedimiento interno establecida, o que pudiera establecerse en el futuro, llevando a cabo la prestación de su trabajo o servicio de forma honesta, íntegra, profesional y trasparente, manteniendo la diligencia debida para la prevención de la detección y erradicación de cualquier conducta irregular.
Ninguna clase de incumplimiento será tolerado o ignorado y ningún empleado, colaborador o tercero que denuncie su incumplimiento podrá ser sancionado por este motivo.
El Despacho impulsará la adopción de principios y valores semejantes a los de este Código entre sus proveedores, contratistas, colaboradores y cualquier tercero con el que se relacione, entendiendo que la aplicación del principio de “debido control” en materia de ética y cumplimiento contempla analizar que sus contrapartes cuentan con modelos de ética y cumplimiento y mitigar los riesgos en esta materia en sus relaciones con terceros.
La ausencia de orientación o guía sobre un escenario particular no exime de actuar de acuerdo a los requerimientos legales y a los valores del Despacho, para lo cual resultan obligatorios la lectura y entendimiento del presente Código de Ética y Conducta, y en caso de cualquier duda dirigirse al Director de Cumplimiento Normativo a través del Canal de Ética y Cumplimiento (canaletico@garciamerioabogados.com).
El modelo de Ética y Cumplimiento
El modelo de ética y cumplimiento de García Merino Abogados tiene como propósito detectar y prevenir riesgos en estas materias, incluyendo los relativos a ilícitos penales, así como minimizar sus eventuales impactos, encontrándose respaldado por políticas, procesos y controles internos aplicando el principio de “debido control” para promover el cumplimiento de las normas internas y externas y para prevenir, detectar y erradicar conductas irregulares o contrarias a las mismas.
Por “debido control”, el Despacho entiende, el análisis y gestión de los riesgos; la definición de responsabilidades y comportamientos esperados; la asignación de recursos a la formación de sus integrantes, y contar con los procesos y controles para confirmar y evaluar el cumplimiento y su cultura ética, así como para notificar, evaluar y responder a potenciales conductas irregulares.
La dirección del Despacho es responsable en última instancia de asegurar el clima ético de la organización, así como de orientar y supervisar el modelo de ética y cumplimiento y las políticas, procesos y controles que lo soportan, impulsando el compromiso con la ética y el establecimiento de la cultura del cumplimiento normativo en la Compañía, fomentando la difusión, conocimiento y aplicación de la legalidad vigente que afecta al Despacho resumida en el Código de Ética y Conducta, implantando la cultura de cumplimento normativo dentro de la organización, a través de los correspondientes planes de formación, realización de las pertinentes auditorías y establecimiento del canal de denuncias.
Canal Ético y régimen disciplinario
García Merino Abogados ha establecido un canal ético (canaletico@garciamerioabogados.com) que permite comunicar las conductas irregulares relacionadas con su actividad profesional o cualquier incumplimiento o vulneración de las conductas establecidas en la Ley, recogidas en este Código Ético y de Conducta o en normativa o procedimientos internos.
El Despacho garantiza que ninguna persona que comunique de buena fe un hecho, sufrirá por esta razón represalia o consecuencia adversa, siendo gestionados los datos de los intervinientes de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica de 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos y garantías de Derechos Digitales.
El Código Ético y de Conducta tiene el máximo rango normativo dentro de García Merino Abogados que todos sus integrantes al trabajar para, o al representar al Despacho, aceptan, respetando nuestro compromiso de hacer lo correcto.
Las personas que infrinjan la legislación aplicable, los principios éticos del ejercicio de la Abogacía, el Código Ético y de Conducta o la normativa interna pueden estar poniendo en peligro al Despacho por lo que pueden ser objeto de medidas disciplinarias o sanciones legales.
Principios de actuación y de conducta ética y deontológica
A todas las personas o entidades que colaboran de cualquier modo con el Despacho les es de aplicación el presente Código de Conducta, por lo que están obligados al cumplimiento de los principios que se indican a continuación:
- Conocer y cumplir las normas Jurídicas y Deontológicas reguladoras de la profesión de Abogado: Todo integrante del Despacho tiene el deber de cumplir y acatar las leyes nacionales e internacionales que sean de aplicación al ejercicio de la Abogacía, con absoluto respeto de los Derechos Humanos y libertades públicas, conocer y cumplir con este Código de Ética y de Conducta, así como con el resto de las normas internas y externas que lo sustentan y desarrollan.
- Colaborar en el cumplimiento: Los integrantes del Despacho deben promover la honestidad, la equidad, la veracidad, el cumplimiento de los compromisos y la transparencia, atendiendo en todo momento los requerimientos de su Dirección en materia de ética, deontología profesional y cumplimiento.
- Preservar la trazabilidad de las decisiones: Los integrantes del Despacho deben velar por la trazabilidad de las decisiones para poder evidenciar razonablemente cuando les sea requerido que cumplen con las políticas, procesos y controles establecidos por la compañía.
- Consultar las dudas y comunicar las irregularidades: El personal del Despacho debe poner en conocimiento de la Dirección inmediatamente aquellas potenciales irregularidades o incumplimientos del Código de los que puedan tener conocimiento.
- Ser ejemplares en la conducta: La conducta de todos los integrantes del Despacho debe proteger su reputación y ser ejemplo de rigor, ética y profesionalidad.
- Ser diligentes también en la relación con terceros: El Despacho aplica un modelo homogéneo para velar por la ética, deontología profesional y cumplimiento, basado en el principio de debido control y cuyo objetivo es promover una cultura ética y prevenir, detectar y erradicar irregularidades. El debido control pasa también por una adecuada evaluación en materias relativas a la ética y el cumplimiento de los terceros con los que el Despacho mantiene relaciones profesionales, sean órganos judiciales, administrativos, entidades públicas o privadas, otros profesionales del Derecho, clientes, contrarios, así como con cualquier tercero.
- Brindar unas buenas condiciones de trabajo, respetando los derechos laborales.
Pautas de conducta
García Merino Abogados establece como pautas de conducta a seguir por todos sus integrantes las siguientes:
- Desempeño profesional: Deontología profesional, cumplimiento de la legalidad y excelencia en el ejercicio de la Abogacía.
Todos los integrantes del Despacho asumen el compromiso de ejecutar su profesión con sometimiento pleno al cumplimiento de la legalidad en general, y de las normas y principios éticos que rigen la abogacía en especial, llevando a cabo la misma de forma diligente, integra y rigurosa, buscando la excelencia en su realización a través de la formación continua, de forma independiente de conformidad con los compromisos adquiridos con nuestros clientes.
En el citado sentido los integrantes del Despacho asumen la obligación de abstenerse de intervenir en cualquier tipo de asunto en los que los anteriores principios pudieran verse afectados por razones de interés personal, familiar o de otra índole, o cuando pudieran verse afectados por cualquier otra circunstancia.
- Secreto profesional y confidencialidad de la información.
Todos los miembros del Despacho sean o no abogados, están obligados a mantener una total reserva sobre la información de la que tengan conocimiento al acceder por su trabajo a los asuntos encomendados, con independencia de la fuente o soporte en que se encuentre, teniendo dicha información el carácter de confidencial quedando sometida expresamente y sin limitación temporal al deber de secreto, siendo responsables de su adecuado tratamiento, confidencialidad y difusión no autorizada.
Por su carácter confidencial, la información facilitada por el Despacho sea de éste o del cliente, se utilizará exclusivamente para la ejecución de las tareas encomendadas por la Dirección o por el cliente, según corresponda, no pudiendo directa o indirectamente utilizarla, divulgarla, copiarla o reproducirla para su uso personal o a favor de terceros, salvo que sea necesaria para el desarrollo de sus funciones profesionales, reputándose ilegitima la tenencia o uso de la misma, fuera de los supuestos contemplados en su relación, laboral, societaria o mercantil con el Despacho.
El Despacho dispone de medidas de seguridad técnicas para proteger el secreto y la confidencialidad de la información.
- Conflicto de Intereses.
Todos los integrantes del Despacho asumen el compromiso de no defender intereses en conflicto con aquellos cuyo asesoramiento o defensa le hayan sido encomendados anteriormente, o con los suyos propios, estando obligados a la lealtad y defensa de la confianza del cliente, no pudiendo intervenir por cuenta de dos o más clientes en un mismo asunto si existe conflicto o riesgo significativo de conflicto entre los intereses de esos clientes, salvo autorización expresa y por escrito de todos ellos, previa y debidamente informados al efecto y siempre que se trate de un asunto o encargo de naturaleza no litigiosa. Asimismo, se podrá intervenir en interés de todas las partes en funciones de mediador y en la preparación y redacción de documentos de naturaleza contractual, debiendo mantener en estos casos una estricta neutralidad.
Cuando surja un conflicto de intereses entre dos clientes se deberá dejar de actuar para ambos, salvo autorización expresa por escrito de los dos para intervenir en defensa de uno de ellos.
No se actuará para un nuevo cliente cuando exista riesgo de vulneración del secreto profesional respecto a informaciones suministradas por un antiguo cliente o si el conocimiento que se posee es por razón de otros asuntos del antiguo cliente pudiera favorecer indebidamente al nuevo cliente en perjuicio del antiguo.
- Protección de datos
El Despacho cumple con la normativa de en materia de protección de datos de carácter personal en cuantas actividades de tratamiento y derechos a la intimidad y privacidad de abogados y cualquier otra persona demás reconocidos por la normativa vigente
La información sobre clientes y del Despacho es absolutamente confidencial y reservada estando totalmente sometida además al deber de secreto.
- Política de regalos
Los integrantes del Despacho no pueden dar ni aceptar regalos o invitaciones en el desarrollo de su actividad, salvo que se trate de un valor simbólico y económicamente irrelevante, y que no estén prohibidas por las leyes y prácticas profesionales generalmente aceptadas.
- Propiedad Intelectual e Industrial.
El Despacho es titular de la propiedad y de los derechos de uso de los programas y sistemas informáticos, manuales, estudios, informes, opiniones, legales, contratos, escritos de todo tipo y de cualquier otra obra creada por sus integrantes en el ejercicio de su actividad profesional, debiendo respetar derechos de propiedad intelectual e industrial de terceros en su actividad profesional.
- Uso de bienes e instalaciones propiedad del Despacho.
El Despacho pone a disposición de todos sus integrantes los recursos materiales e inmateriales necesarios para el desarrollo de su actividad, debiendo hacer un uso apropiado de los mismos para el desarrollo de su actividad profesional, evitando su uso particular conforme a criterios de seguridad, evitando cualquier uso ilícito.
- No discriminación e igualdad de género y de oportunidades.
El Despacho considera un principio fundamental en todas sus relaciones la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, garantizando la igualdad de retribución para trabajos del mismo valor.
- Prevención del acoso.
El Despacho considera objetivo prioritario en todas sus relaciones la ausencia total de actos de acoso por razón de sexo y acoso en el trabajo en cualquiera de sus manifestaciones y aplicará las sanciones que en derecho correspondan contra sus autores.
- Protección de la salud y prevención de riesgos laborales.
El Despacho considera objetivo prioritario en todas sus relaciones el cumplimiento de la normativa en materia de prevención de riesgos laborales, buscando el bienestar de todos sus integrantes en la prestación de sus servicios.
- Protección del medio ambiente.
El Despacho cumple con todas las leyes y regulaciones ambientales, incorporando las mejores prácticas intentando minimizar los impactos ambientales negativos, mejorar la eficiencia energética, la reducción del consumo de agua y la generación de residuos.





